CONTRATO DE COLAB. Y ALIANZA ESTRATÉGICA BROKER GHC®

Documento legal | GHC®
Global Home Connect

CONTRATO DE COLABORACIÓN Y ALIANZA ESTRATÉGICA INMOBILIARIA

Enfocado exclusivamente a BROKERS | GLOBAL HOME CONNECT® (GHC®)

FECHA:

QUE CELEBRAN, por una parte GLOBAL HOME CONNECT® “GHC®”, y por la otra parte EL BROKER (NOMBRE DEL BROKER / RAZÓN SOCIAL), a quien en lo sucesivo se le denominará “EL ALIADO”, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

I. PARTES

1. Declara GHC®:

a) Que GLOBAL HOME CONNECT® es una plataforma inmobiliaria integral dedicada a la intermediación profesional, coordinación comercial, gestión estratégica, vinculación legal y tecnológica de brokers, agencias inmobiliarias, inversionistas y clientes, tanto a nivel nacional como internacional.

b) Que se encuentra representada legalmente en este acto por los Licenciados: Flora Elena Leyva Solís, Cédula Profesional 2620281, en su carácter de Representante Legal; y Carlos Abraham Pérez Zapata, Cédula Profesional 12841726, en su carácter de Fundador, Creador del Modelo Contractual y Representante Legal.

c) Que, para efectos del presente contrato y para oír y recibir notificaciones, señala como domicilio el Estado de Quintana Roo, México, siendo competente la autoridad fiscal correspondiente.

d) Que actúa bajo principios de legalidad, transparencia, información veraz, ética profesional, eficiencia, objetividad y protección al consumidor, en estricto apego a la legislación mexicana vigente.

e) Que cuenta con plena capacidad legal, técnica, comercial, jurídica y operativa para celebrar el presente contrato.

2. Declara EL ALIADO (BROKER):

a) Que (NOMBRE DEL BROKER / RAZÓN SOCIAL) es persona física o moral legalmente constituida conforme a las leyes de (PAÍS O ESTADO), dedicada a la intermediación, promoción, corretaje, captación y comercialización de bienes inmuebles, así como a la asesoría comercial inmobiliaria.

b) Que su representante legal (en su caso) es: Él o La C. (______________________________), con facultades suficientes para obligarse en los términos del presente contrato; o bien, que actúa por su propio derecho si es persona física.

c) Que señala como domicilio para efectos del presente instrumento: (DOMICILIO COMPLETO).

d) Que reconoce el valor estratégico, comercial, legal y tecnológico de la plataforma GHC®, y manifiesta su voluntad de establecer una alianza de colaboración profesional bajo estándares de cumplimiento y buenas prácticas.

Ambas partes serán denominadas conjuntamente como “LAS PARTES”.

II. OBJETO DEL CONTRATO

CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO.

El presente contrato tiene por objeto establecer una alianza de colaboración y cooperación estratégica mediante la cual:

  • a) GHC® brindará a EL ALIADO servicios de estrategia comercial, coordinación inmobiliaria, intermediación profesional, marketing inmobiliario, soporte tecnológico y acompañamiento jurídico preventivo, enfocados al fortalecimiento y profesionalización de la operación del BROKER.
  • b) EL ALIADO autoriza a GHC® a participar como aliado estratégico, coordinador comercial, integrador tecnológico, intermediario profesional y/o master broker, según se acuerde por cada proyecto, cartera, inmueble o cliente.
  • c) LAS PARTES reconocen que actúan como entidades independientes, sin que este contrato constituya sociedad, asociación, joint venture, relación laboral ni exclusividad, salvo pacto expreso y por escrito.

III. ALCANCE DE LA COLABORACIÓN

CLÁUSULA SEGUNDA. SERVICIOS DE GHC®.

De manera enunciativa más no limitativa, GHC® podrá prestar los siguientes servicios a EL ALIADO:

  • Estrategia Comercial 360°: Planeación de captación, venta y cierre; análisis de mercado; pricing; esquemas de comisión y rentabilidad.
  • Coordinación Inmobiliaria: Optimización de procesos del broker; definición de KPIs; control de operaciones comerciales y seguimiento de cartera.
  • Intermediación Profesional: Vinculación broker–cliente–comprador/inversionista; acompañamiento jurídico preventivo; integración de expedientes.
  • Cierre y Posventa: Contratos privados; cumplimiento de NOM-247-SE-2021 y lineamientos PROFECO cuando resulte aplicable.
  • Marketing, Tecnología y Datos: CRM inmobiliario; campañas digitales; automatización de leads; dashboards de desempeño.

IV. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

CLÁUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DE GHC®.

  • a) Actuar con ética, profesionalismo, transparencia y legalidad.
  • b) Cumplir con la Ley Federal de Protección al Consumidor, NOM-247-SE-2021 y normativa aplicable.
  • c) Proporcionar información clara, verificable y documentada.
  • d) Proteger los datos personales conforme a la LFPDPPP.
  • e) Implementar protocolos antifraude y validaciones básicas de identidad cuando resulte aplicable.

CLÁUSULA CUARTA. OBLIGACIONES DE EL ALIADO (BROKER).

  • a) Proporcionar información legal, comercial y operativa veraz de su cartera, inmuebles y operaciones.
  • b) Contar con documentación válida y autorizaciones necesarias de los inmuebles que promueva o comercialice (según el caso).
  • c) Abstenerse de realizar publicidad engañosa, promesas no autorizadas o afirmaciones que no estén documentadas.
  • d) Respetar los procesos, lineamientos y estrategias acordadas con GHC®.
  • e) Cumplir con sus obligaciones fiscales, legales y registrales aplicables a su actividad.

V. COMISIONES Y CONDICIONES ECONÓMICAS

CLÁUSULA QUINTA. COMISIONES.

Las comisiones, honorarios y esquemas económicos serán definidos por proyecto, inmueble o cartera, mediante Anexos Comerciales firmados por LAS PARTES, los cuales formarán parte integrante del presente contrato.

VI. CONFIDENCIALIDAD, DATOS Y PROPIEDAD INTELECTUAL

CLÁUSULA SEXTA. CONFIDENCIALIDAD.

Toda información técnica, comercial, financiera, estratégica y operativa tendrá carácter confidencial. Esta obligación subsistirá por cinco (5) años posteriores a la terminación del contrato.

CLÁUSULA SÉPTIMA. PROTECCIÓN DE DATOS.

LAS PARTES se obligan a cumplir con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, utilizando la información únicamente para los fines del presente contrato.

CLÁUSULA OCTAVA. PROTECCIÓN DE DERECHOS DE AUTOR, PROPIEDAD INDUSTRIAL Y PROHIBICIÓN DE COPIAR Y PEGAR.

El presente contrato constituye una obra jurídica original, elaborada de forma exclusiva por GLOBAL HOME CONNECT®, y se encuentra protegida por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), la legislación en materia de propiedad industrial, así como por los principios de derecho de autor y derechos patrimoniales aplicables.

Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial, copia, edición, adaptación, digitalización, impresión, distribución, almacenamiento, extracción de contenido, copiar y pegar, escaneo, transcripción, lectura automatizada mediante software, sistemas de reconocimiento de texto, lectores OCR (Reconocimiento Óptico de Caracteres), inteligencia artificial, o cualquier otro medio análogo o futuro, sin la autorización expresa, previa y por escrito de su fundador y creador, Lic. Carlos Abraham Pérez Zapata, Cédula Profesional 12841726. Asimismo, queda prohibida su copia e impresión sin dicha autorización expresa.

Cualquier uso no autorizado constituirá violación a derechos de autor y/o propiedad industrial, generando responsabilidades civiles, administrativas y penales, conforme a la legislación vigente.

VII. VIGENCIA Y TERMINACIÓN

CLÁUSULA NOVENA. VIGENCIA.

El presente contrato tendrá una vigencia de un (1) año, renovable automáticamente por periodos iguales, salvo aviso por escrito con 30 días naturales de anticipación.

CLÁUSULA DÉCIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.

El contrato podrá darse por terminado por: a) Incumplimiento grave; b) Falsedad de información; c) Violaciones a normas de protección al consumidor (cuando resulte aplicable); d) Mutuo acuerdo por escrito.

VIII. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. JURISDICCIÓN.

  • El presente contrato se rige exclusivamente por las leyes de los Estados Unidos Mexicanosen el estado de Q. Roo.
  • Cualquier controversia será sometida única y exclusivamente a los tribunales competentes en México, renunciando a cualquier otro fuero.

IX. FIRMAS

Leído que fue el presente contrato y enteradas LAS PARTES de su alcance legal, lo firman por duplicado.

INTERVENCIÓN PROFESIONAL

LAS PARTES MANIFIESTAN QUE EL PRESENTE CONTRATO FUE ELABORADO, REVISADO Y ESTRUCTURADO CON LA ASESORÍA JURÍDICA PROFESIONAL DEL LICENCIADO CARLOS ABRAHAM PÉREZ ZAPATA, CON CÉDULA PROFESIONAL NÚMERO 12841726, QUIEN INTERVINO EXCLUSIVAMENTE EN SU CARÁCTER DE ASESOR LEGAL EXTERNO, SIN REPRESENTAR A NINGUNA DE LAS PARTES EN LO INDIVIDUAL, NI ASUMIR DERECHOS, OBLIGACIONES O RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL ALGUNA DERIVADA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, LIMITÁNDOSE SU PARTICIPACIÓN A LA CORRECTA ADECUACIÓN JURÍDICA DEL CLAUSULADO CONFORME A LA LEGISLACIÓN CIVIL APLICABLE Y A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-247-SE-2021, RELATIVA A LA COMERCIALIZACIÓN DE BIENES INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN.

POR GLOBAL HOME CONNECT® (GHC®)

Lic. Flora Elena Leyva Solís
Representante Legal
Cédula Profesional 2620281
Firma: _______________________________

Lic. Carlos Abraham Pérez Zapata
Fundador, Creador Contractual y Representante Legal
Cédula Profesional 12841726
Firma: _______________________________

POR EL ALIADO (BROKER)

Nombre / Razón Social: (_______________________________)
Representante Legal (en su caso): (_______________________________)
Cargo (en su caso): (_______________________________)
Firma: _______________________________

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