
CONTRATO DE COLABORACIÓN Y ALIANZA ESTRATÉGICA INMOBILIARIA
Enfocado exclusivamente a DESARROLLADORAS | GLOBAL HOME CONNECT® (GHC®)
FECHA: (_) de (______) de 202( ).
QUE CELEBRAN, por una parte GLOBAL HOME CONNECT® “GHC®”, y por la otra parte LA DESARROLLADORA (NOMBRE DE LA DESARROLLADORA), a quien en lo sucesivo se le denominará “EL ALIADO”, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
I. PARTES
1. Declara GHC®:
a) Que GLOBAL HOME CONNECT® es una plataforma inmobiliaria integral dedicada a la intermediación profesional, comercialización, coordinación y gestión estratégica de proyectos inmobiliarios, tanto a nivel nacional como internacional.
b) Que se encuentra representada legalmente en este acto por los Licenciados: Flora Elena Leyva Solís, con Cédula Profesional 2620281, en su carácter de Representante Legal; y Carlos Abraham Pérez Zapata, con Cédula Profesional 12841726, en su carácter de Fundador, Creador del Modelo Contractual y Representante Legal.
c) Que, para efectos del presente contrato y para escuchar y oír notificaciones, se tiene por señalado: Avecindado en el estado de Quintana Roo, México, para tal efectos corresponde el fiscal.
d) Que actúa bajo principios de legalidad, transparencia, información veraz, ética profesional, eficiencia, objetividad y protección al consumidor, cumpliendo con la legislación mexicana vigente.
e) Que tiene capacidad legal, técnica, comercial y operativa para celebrar el presente contrato.
2. Declara EL ALIADO (DESARROLLADORA):
a) Que (NOMBRE DE LA DESARROLLADORA) es una empresa legalmente constituida conforme a las leyes de (PAÍS O ESTADO), dedicada al desarrollo, promoción y/o comercialización de proyectos inmobiliarios.
b) Que su representante legal es: Él o La Sr.(a) (____________________________________), con facultades suficientes para obligarse en los términos del presente contrato.
c) Que señala como domicilio para efectos del presente instrumento: (DOMICILIO COMPLETO).
d) Que reconoce el valor estratégico, comercial y normativo de la plataforma GHC® y tiene interés en establecer una alianza de colaboración.
Ambas partes, conjuntamente, serán denominadas “LAS PARTES”.
II. OBJETO DEL CONTRATO
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO.
El presente contrato tiene por objeto establecer una alianza de colaboración y cooperación estratégica mediante la cual:
- GHC® brindará a EL ALIADO servicios de estrategia comercial, intermediación profesional, coordinación comercial, marketing inmobiliario, soporte tecnológico y acompañamiento jurídico preventivo, para la correcta comercialización de proyectos inmobiliarios.
- EL ALIADO permitirá y autorizará a GHC® a participar como aliado estratégico, coordinador comercial, intermediario profesional y/o master broker, según se acuerde por proyecto.
- Ambas partes actuarán como entidades independientes, sin que este contrato constituya sociedad, asociación, joint venture, relación laboral ni exclusividad, salvo pacto expreso por escrito.
III. ALCANCE DE LA COLABORACIÓN
CLÁUSULA SEGUNDA. SERVICIOS DE GHC®.
De manera enunciativa más no limitativa, GHC® podrá prestar los siguientes servicios:
- Estrategia Comercial 360°: Planeación de preventa, venta y posventa; análisis de mercado y posicionamiento; definición de precios, esquemas y ROI.
- Coordinación Comercial: Supervisión de equipos in-house y co-brokers; definición de metas, KPIs y reportes; control de procesos comerciales.
- Intermediación Profesional: Vinculación desarrolladora–broker–comprador; acompañamiento jurídico preventivo; integración de expedientes.
- Cierre y Posventa: Contratos privados; escrituración; cumplimiento de NOM-247-SE-2021.
- Marketing, Tecnología y Datos: Campañas en Meta, Google, YouTube y SEO; CRM inmobiliario; dashboards; gestión de leads y nurturing.
IV. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
CLÁUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DE GHC®.
- Actuar con ética, profesionalismo, transparencia y legalidad.
- Cumplir con la Ley Federal de Protección al Consumidor, NOM-247-SE-2021, lineamientos PROFECO y normativa aplicable.
- Proporcionar información clara, verificable y documentada.
- Proteger los datos personales conforme a la LFPDPPP.
- Implementar protocolos antifraude y KYC básico cuando resulte aplicable.
CLÁUSULA CUARTA. OBLIGACIONES DE EL ALIADO (DESARROLLADORA).
- Proporcionar información legal, técnica y comercial veraz del proyecto.
- Contar con la documentación necesaria para su comercialización.
- No realizar publicidad engañosa ni declaraciones no autorizadas.
- Respetar la estrategia, procesos y lineamientos acordados.
- Cumplir con las obligaciones fiscales, registrales y legales propias del proyecto.
V. COMISIONES Y CONDICIONES ECONÓMICAS
CLÁUSULA QUINTA. COMISIONES.
Las comisiones, honorarios y esquemas económicos serán establecidos por proyecto, mediante Anexos Comerciales firmados por LAS PARTES, los cuales formarán parte integral del presente contrato.
VI. CONFIDENCIALIDAD, DATOS Y PROPIEDAD INTELECTUAL
CLÁUSULA SEXTA. CONFIDENCIALIDAD.
Toda información técnica, financiera, comercial y estratégica tendrá carácter confidencial. Esta obligación subsistirá por cinco (5) años posteriores a la terminación del contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA. PROTECCIÓN DE DATOS.
LAS PARTES se obligan a cumplir con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, utilizando la información únicamente para los fines del presente contrato.
CLÁUSULA OCTAVA. PROTECCIÓN DE DERECHOS DE AUTOR, PROPIEDAD INDUSTRIAL Y PROHIBICIÓN DE COPIAR, PEGAR E IMPRIMIR.
El presente contrato constituye una obra jurídica original, elaborada de forma exclusiva por GLOBAL HOME CONNECT®, y se encuentra protegida por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), la legislación en materia de propiedad industrial, así como por los principios de derecho de autor y derechos patrimoniales aplicables.
Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial, copia, edición, adaptación, digitalización, impresión, distribución, almacenamiento, extracción de contenido, copiar y pegar, escaneo, transcripción, lectura automatizada mediante software, sistemas de reconocimiento de texto, lectores OCR (Reconocimiento Óptico de Caracteres), inteligencia artificial, o cualquier otro medio análogo o futuro, sin la autorización expresa, previa y por escrito de su fundador y creador de cada contrato, Lic. Carlos Abraham Pérez Zapata, Cédula Profesional 12841726.
En consecuencia, se prohíbe expresamente su copia e impresión (total o parcial) sin autorización escrita del titular señalado. Cualquier uso no autorizado constituirá violación a derechos de autor y/o propiedad industrial, generando responsabilidades civiles, administrativas y penales, conforme a la legislación vigente.
VII. VIGENCIA Y TERMINACIÓN
CLÁUSULA NOVENA. VIGENCIA.
El presente contrato tendrá una vigencia de un (1) año, renovable automáticamente por periodos iguales, salvo aviso por escrito con 30 días naturales de anticipación.
CLÁUSULA DÉCIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
Podrá darse por terminado por: Incumplimiento grave; falsedad de información; violaciones a normas de protección al consumidor; mutuo acuerdo.
VIII. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. JURISDICCIÓN EXCLUSIVA.
El presente contrato se rige exclusivamente por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos en el estado de Q. Roo. Cualquier controversia será sometida única y exclusivamente a los tribunales competentes en México, renunciando a cualquier otro fuero.
IX. FIRMAS
Leído que fue el presente contrato y enteradas LAS PARTES de su alcance legal, lo firman por duplicado.
INTERVENCIÓN PROFESIONAL
LAS PARTES MANIFIESTAN QUE EL PRESENTE CONTRATO FUE ELABORADO, REVISADO Y ESTRUCTURADO CON LA ASESORÍA JURÍDICA PROFESIONAL DEL LICENCIADO CARLOS ABRAHAM PÉREZ ZAPATA, CON CÉDULA PROFESIONAL NÚMERO 12841726, QUIEN INTERVINO EXCLUSIVAMENTE EN SU CARÁCTER DE ASESOR LEGAL EXTERNO, SIN REPRESENTAR A NINGUNA DE LAS PARTES EN LO INDIVIDUAL, NI ASUMIR DERECHOS, OBLIGACIONES O RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL ALGUNA DERIVADA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, LIMITÁNDOSE SU PARTICIPACIÓN A LA CORRECTA ADECUACIÓN JURÍDICA DEL CLAUSULADO CONFORME A LA LEGISLACIÓN CIVIL APLICABLE Y A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-247-SE-2021, RELATIVA A LA COMERCIALIZACIÓN DE BIENES INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN.
POR GLOBAL HOME CONNECT® (GHC®)
Lic. Flora Elena Leyva Solís
Representante Legal
Cédula Profesional 2620281
Firma: _______________________________
Lic. Carlos Abraham Pérez Zapata
Fundador, Creador del Modelo Contractual y Representante Legal
Cédula Profesional 12841726
Firma: _______________________________
POR EL ALIADO (DESARROLLADORA)
Nombre / Razón Social:
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Representante Legal:
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Cargo:
(_______________________________)
Firma:
_______________________________
* El botón “ENVIAR contrato” abrirá su correo con el contenido del contrato listo para enviarse a infoglobalhomeconect@gmail.com.